lunes, 4 de febrero de 2008

TEMA # 5. LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO.

También conocida como LOPCYMAT fue creada con el objeto de garantizar seguridad y bienestar en el trabajo, según Gaceta Oficial Nº 38.236 del 26 de julio de 2005.

OBJETIVOS LA LEY.

Entre estos podemos mencionar los siguientes (Art. 1):
- Establecer las instituciones, normas, lineamientos de políticas, órganos y entes, que permiten garantizar a los trabajadores, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo apropiado y propicio.
- Regular los derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras, empleadores y empleadoras, en relación con la seguridad, salud y ambiente de trabajo, así como la recreación y utilización del tiempo libre, etc.
- Establecer las sanciones por el incumplimiento de la normativa.
- Regular la responsabilidad de las partes en el momento de la ocurrencia de un accidente laboral.
- Normar las prestaciones derivadas por el Sistema de Seguridad Social.

Podemos resaltar que esta Ley Forma parte del Régimen de Seguridad y Salud en el trabajo contenida en el Sistema Prestacional de Previsión Social.

Cuando hablamos de este tema es importante aclarar que el medio ambiente de trabajo es el lugar en el que se prestan los servicios a empleadores o empleadoras, siendo estos lugares abiertos o cerrados dependiendo del tipo de actividad a desarrollar. Las condiciones de trabajo son el entorno o el contexto general o específico bajo las cuales se realizan los trabajos.

Esta Ley tiene como ámbito de aplicación a los trabajos efectuados baja relación de dependencia por cuenta de un empleador o empleadora cualquiera sea su naturaleza, el lugar donde se ejecute, con o sin fin de lucro, público o privado dentro del territorio nacional. Quedando incluidos el trabajo a domicilio, doméstico y conserjería. (Art. 4). Se exceptúan de esta Ley los miembros de la Fuerza Armada Nacional.

Los empleadores o empleadoras que contraten uno o más trabajadores bajo relación de dependencia, están obligados a afiliarlos dentro del os primeros tres (3) días de trabajo, en el Sistema de Seguridad Social y a cotizar en el respectivo Régimen. Igualmente informar de la suspensión de la relación los tres (3) días hábiles siguientes. Las cotizaciones correspondientes a este Régimen estarán a cargo del empleador o empleadora correspondiente o en su efecto de la empresa para la cual el trabajador preste los servicios.

Es importante recalcar que no solos los empleadores tienen deberes y derechos que asumir en esta Ley, los trabajadores también.

DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.
- Tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales y que garantice condiciones de seguridad, salud y bienestar adecuadas.
- Tendrá derecho a ser informado con anticipación de las condiciones y sustancias en las cuales se llevara a cabo la actividad, de los posibles daños que le puedan ocasionar y la manera de prevenirlos.
- Recibir la formación adecuada para la ejecución de las funciones inherentes a su tarea, en la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. Entre otras.

DEBERES DE LOS TRABAJADORES.
- Serán de su acato ejercer labores derivadas de su contrato de trabajo considerando las normas de seguridad establecidas para proteger su salud y la de los demás trabajadores y en resguardo de las instalaciones.
- Hacer buen uso de las condiciones de funcionamiento de los sistemas de control.
- Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los equipos de protección. Entre otras.

DERECHOS DE LOS EMPLEADORES.
- Exigir de los trabajadores el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y ergonomía y demás políticas y programas que mejoren su calidad de vida, salud y productividad.
- Participar activamente en los Comités de Seguridad y Salud Laboral solicitando y recibiendo asesoría por parte de estos.
- Recibir información y capacitación en esta materia.
- Exigir a los trabajadores el buen uso y mantenimiento de los equipos y herramientas utilizadas. Entre otras.

DEBERES DE LOS EMPLEADORES.
- Adoptar las medidas necesarias para garantizar a los trabajadores condiciones de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo.
- Consultar cualquier tipo de cambio dentro de la organización que pueda afectar las condiciones de trabajo.
- Informar por escrito a los trabajadores lo referente a condiciones inseguras o insalubres. Entre otras.

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